5 pasos previos si quieres reclamar cláusula suelo y otras abusivas
En tuAppbogado llevamos todo el mes hablando del problema de la cláusula suelo y de las demás abusivas que han aplicado los bancos en las hipotecas. Si es la primera vez que lees este tema en nuestro blog, te recomiendo repasar nuestra guía sobre reclamaciones bancarias porque encontrarás las respuestas que estás buscando. Sin embargo, si ya te has pasado por ese artículo, hoy queremos compartir contigo información realmente práctica. Si estás convencido de emprender esa batalla contra las entidades bancarias, los 5 pasos previo que te mostramos te serán muy útiles. Hemos consultado a abogados especialistas en reclamaciones de cláusula suelo y otras abusivas para desarrollar el post de hoy. ¡Empápate de conocimiento y resuelve tu caso!
5 pasos para detectar y reclamar cláusula suelo abusiva
Sobre las condiciones generales de contratación
Cualquier cláusula suelo o cláusula abusiva bancaria debe cumplir los requisitos que se detallan a continuación. Tu abogado deberá demostrarlo ante el Juez para que la causa llegue a un final positivo para ti:
- Contractualidad. Se trata de «cláusulas contractuales» y su inserción en el contrato no deriva del acatamiento de una norma imperativa que imponga su inclusión.
- Predisposición. La cláusula ha de estar pre-redactada, siendo irrelevante que lo haya sido por el propio empresario o por terceros, siendo su característica no ser fruto del consenso alcanzado después de una fase de tratos previos.
- Imposición. Su incorporación al contrato debe ser impuesta por una de las partes, de tal forma que el bien o servicio sobre el que versa el contrato nada más puede obtenerse mediante el acatamiento a la inclusión en el mismo de la cláusula.
- Generalidad. Las cláusulas deben estar incorporadas a una pluralidad de contratos o estar destinadas a tal fin ya que, como afirma la doctrina, se trata de modelos de declaraciones negociales que tienen la finalidad de disciplinar uniformemente los contratos que van a realizarse.
La definición de una cláusula abusiva
La “cláusula abusiva” tiene su ámbito propio en la relación con los consumidores; así los artículos 3.1.y 4.1 de la Directiva 9/13 CEE del Consejo y el art. 82 apartado 1º y 3º del Texto Refundido de nuestra la Ley de Consumidores y Usuarios. Estas disponen que: las cláusulas contractuales que no se hayan negociado individualmente se considerarán abusivas si, pese a las exigencias de la buena fe, causan en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato.
El control de abusividad no se extiende a la definición del objeto principal del contrato. Tampoco a la discusión sobre el precio de los servicios contratados. Esto es así siempre si las cláusulas se redactan claras y comprensibles.
La declaración de nulidad de la cláusula suelo
Tras las dos comprobaciones anteriores, hay que considerar que la cláusula suelo o cláusula que limita la revisión del interés a la baja en los préstamos hipotecarios; fue declarada nula -con matizaciones- por el Tribunal Supremo. Fue su sentencia del 13 de Junio de 2013 la que obligó a las entidades bancarias a devolver las cantidades cobradas en exceso. El concepto de intereses calculados al amparo de dicha cláusula suelo y los intereses legales devengados desde la fecha de cobro hasta la fecha de su reintegro.
La aclaración del Tribunal Europeo
La jurisprudencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es incompatible con el Derecho de la Unión. Tal limitación da lugar a una protección de los consumidores incompleta e insuficiente. No constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas. En consecuencia los consumidores pueden reclamar a las entidades financieras las cantidades que aquellas les cobraron en exceso. Pueden hacerlo desde la fecha de la celebración de los contratos y no solo desde el 13-5-2013. Esta fecha la había establecido el Tribunal Supremo español.
El Código Civil
El artículo 1303 del Código Civil establece las consecuencias derivadas de la declaración de nulidad. «Declarada la nulidad de una obligación, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio con los intereses».
Todos los datos de este artículo sientan las bases de una buena argumentación para reclamar una cláusula suelo. Aunque los tribunales den la razón a los consumidores, tu abogado debe presentar correctamente los hechos. ¿Cómo puedes elegir al mejor? Eso es fácil. Gracias a tuAppbogado podrás encontrar a los mejores especialistas cerca de tu ciudad para poder resolver esta cuestión. ¡Plantea ahora tu caso en nuestra web y recibe hasta 3 respuestas sin compromiso!